¿Por donde, entonces?
(…) el nuevo Bando de Policía define como “falta contra el régimen de seguridad y tranquilidad de la población” el “circular en bicicletas, patines o patinetas por aceras, calles, avenidas o bulevares”. El artículo agrega, como para dejar múltiples interpretaciones “siempre que con ello se cause molestia o altere la tranquilidad pública”.
Esta claro, pues: en cuanto un automovilista se sienta molesto, la presencia del ciclista se convierte automáticamente en ilegal.
